Para empleadores

Resumen en lenguaje sencillo de lo que pide la ley federal a quienes emplean a una persona trabajadora del hogar. Solo información general: consulta las fuentes oficiales y, para tu caso, a un abogado con cédula en México.

Dos personas adultas conversando sobre un documento en una cocina luminosa
  • Contrato por escrito

    La Ley Federal del Trabajo (LFT) pide un contrato por escrito que indique funciones, horario, salario y descansos.

    Fuente: LFT, art. 331 Ter

  • Inscripción al IMSS

    Inscribir a las personas trabajadoras del hogar al IMSS es obligatorio. El IMSS tiene un portal y una calculadora para el trabajo del hogar.

    Fuente: IMSS — personas trabajadoras del hogar

  • Al menos el salario mínimo

    El salario debe ser al menos el mínimo oficial fijado por la CONASAMI, que cambia cada año.

    Fuente: CONASAMI

  • Descanso y jornada

    Hay derecho a descanso diario, día y medio de descanso semanal y límites de jornada. Quienes viven en el hogar tienen protecciones específicas.

    Fuente: LFT, arts. 333–336

  • Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional

    Hay derecho a aguinaldo, vacaciones pagadas y prima vacacional.

    Fuente: LFT, arts. 76, 80, 87

  • Terminación laboral

    Al terminar la relación laboral se debe pagar un finiquito. En algunos casos aplican pagos adicionales.

    Fuente: LFT, arts. 48–50, 162

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